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Normativa sobre Facturas Electrónicas y Notas de Crédito [Res000193-2020/Sunat]

21 enero, 2021

Sunat en su resolución 000193-2020 ha incluido algunas modificaciones relacionadas tanto a la Factura Electrónica, el Recibo Por Honorarios Electrónico y la Nota De Crédito Electrónica.

Aquí te mostramos un resumen de estos cambios relacionados a la Factura Electrónica y las Notas De Crédito y las Notas De Débito Electrónicas relacionadas a ella:

  • Es necesario informar si el pago de la factura se va a realizar al Contado o al Crédito. De ser al crédito, adicionalmente, se debe ingresar el monto neto pendiente de pago y la(s) fecha(s) de vencimiento del pago único o de las cuotas y los montos correspondientes a cada cuota. El monto neto pendiente de pago no incluye las retenciones del IGV, el monto del depósito que deba efectuar el adquirente o usuario y otras deducciones a las que pueda estar sujeto el comprobante de pago.
  • Únicamente en los casos en que las Notas De Crédito tengan por finalidad corregir el comprobante de pago electrónico por motivos de descripción (que no corresponde al bien vendido o cedido en uso o al tipo de servicio prestado) o la información de la factura electrónica relacionada al pago a crédito, el comprobante corregido mantiene su vigencia y su condición de emitido, conservando su correlativo. En todos los casos la Nota De Crédito Electrónica debe ser emitida hasta el décimo (10) día hábil del mes siguiente de emitido el comprobante de pago electrónico al que modifica.
  • Cambios aplicados al PSE/OSE donde se indica:
    • Sunat debe recibir una copia de la Factura Electrónica y la Nota Electrónica relacionada hasta un día calendario después de su fecha de emisión. Lo no enviado no tendrá la calidad de Factura Electrónica ni de Nota Electrónica, aun cuando hubiera sido entregada al adquirente o usuario.
    • Hay casos excepcionales donde, podrá emitirse una Nota De Crédito Electrónica respecto de una Factura Electrónica o una Boleta De Venta Electrónica, otorgada con anterioridad.

Los cambios entran en vigencia desde el 1 de abril de 2021.

Aquí les dejamos la resolución completa:

Resolución N.° 000193-2020/SUNAT


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